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Norma contable · NIIF

NIIF para PYMES en Panamá.

Lectura · 7 minActualizada · Nov 2026Aplica a · Estados financieros

Si tu empresa no cotiza en bolsa ni es un banco o una aseguradora, sus estados financieros se preparan, casi con seguridad, con la NIIF para PYMES. Aquí te explicamos qué es esa norma, cómo llegó a ser obligatoria en Panamá y en qué se diferencia de las NIIF completas, sin entrar en la letra menuda que corresponde a tu contador.

01 · Definición

Qué es la NIIF para PYMES.

La Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades es un estándar contable emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), de la Fundación IFRS. La primera edición es de 2009, hubo una revisión en 2015 y la tercera edición se publicó en febrero de 2025.

Según la Fundación IFRS, la norma parte de las NIIF completas y las simplifica de cinco maneras:

  • Omite temas que no son relevantes para una pyme típica.
  • Elimina algunas opciones contables cuando hay un método más simple.
  • Simplifica muchos principios de reconocimiento y medición.
  • Exige sustancialmente menos revelaciones.
  • Está redactada en un lenguaje más sencillo, fácil de entender y de traducir.

El resultado es un solo documento, organizado en secciones temáticas (inventarios, propiedades, ingresos, impuesto a las ganancias, etc.), pensado para que una pyme pueda aplicarlo sin un departamento técnico.

02 · Adopción

Cómo se adoptó en Panamá.

En Panamá, la autoridad para adoptar normas de contabilidad es la Junta Técnica de Contabilidad. Según la investigación sobre el proceso de adopción publicada en la revista FAECO Sapiens de la Universidad de Panamá, el recorrido fue largo:

  • Dos resoluciones de la Junta, en 1998 y en 2000, que adoptaban normas internacionales, fueron declaradas ilegales por la Corte Suprema por falta de competencia.
  • La Ley 6 de 2005 añadió a la Ley 57 de 1978 la facultad de la Junta para adoptar y promulgar normas de contabilidad, y adoptó las NIIF del IASB para su aplicación en Panamá.
  • La Resolución No. 03-2010 de 28 de octubre de 2010 de la Junta aprobó la adopción de la NIIF para PYMES, con vigencia a partir del 1 de enero de 2011. Se publicó en la Gaceta Oficial Digital No. 27120-A de 13 de septiembre de 2012.
  • La Resolución No. 010-2012 de 16 de agosto de 2012 publicó el texto completo de la norma, en la Gaceta Oficial Digital No. 27152-A de 29 de octubre de 2012.

El texto de la Resolución 03-2010, tal como lo transcribe un artículo de la misma revista, la exige para preparar estados financieros con propósito general de todas las entidades que no cotizan en el mercado de valores o que no tienen obligación pública de rendir cuentas, a partir del período que inicie el 1 de enero de 2011, y permite la adopción anticipada.

La Ley 57 de 1978 fue reemplazada por la Ley 280 de 2021, que regula hoy la profesión de contador público autorizado; la Junta Técnica de Contabilidad sigue siendo la entidad que acredita la idoneidad de los CPA, según una circular de la Superintendencia de Bancos.

A esto se suma la DGI: en su guía sobre el sistema contable indica que el contribuyente computa ingresos, costos y gastos con registros que usan el sistema de devengado sobre la base de las NIIF.

03 · Alcance

Quién aplica la NIIF para PYMES y quién no.

La norma está pensada para entidades sin obligación pública de rendir cuentas que publican estados financieros con propósito general, es decir, estados que usan bancos, socios, proveedores o la DGI. En términos generales, y según la sección 1 de la propia norma, una entidad tiene obligación pública de rendir cuentas si:

  • sus acciones o su deuda se negocian, o están en proceso de negociarse, en un mercado público; o
  • mantiene activos en calidad de fiduciaria para un grupo amplio de terceros como parte de su negocio principal, como bancos, aseguradoras o fondos de inversión.

Esas entidades aplican las NIIF completas y, además, las reglas de su regulador. El resto (comercios, constructoras, consultoras, restaurantes, distribuidoras) aplica la NIIF para PYMES, aunque puede optar por las NIIF completas si un banco o su casa matriz se lo piden. El tamaño no es el criterio: una empresa grande pero cerrada puede usar la NIIF para PYMES.

04 · Diferencias

Principales diferencias con las NIIF completas.

TemaNIIF completasNIIF para PYMES
Plusvalía (goodwill)No se amortiza; prueba anual de deterioro.Se amortiza durante su vida útil.
Costos por préstamosSe capitalizan los atribuibles a activos aptos.Se reconocen como gasto.
Desarrollo de intangibles propiosLos costos de desarrollo pueden capitalizarse si cumplen criterios.No se reconocen como activo; van a gasto.
Arrendamientos (arrendatario)Activo por derecho de uso y pasivo para casi todos los contratos (NIIF 16).Se mantiene la clasificación entre arrendamiento financiero y operativo.
Ganancias por acción, segmentos, información intermediaRequeridas para ciertas entidades.No se tratan.
RevelacionesExtensas.Muchas menos.

Las diferencias sobre plusvalía, costos por préstamos, intangibles y arrendamientos siguen el resumen de Forvis Mazars. Los temas omitidos (ganancias por acción, información por segmentos, información financiera intermedia) siguen la guía de PwC Viewpoint.

Para una pyme típica, la diferencia que más se nota es la última: los estados financieros con NIIF para PYMES llevan notas más cortas y más fáciles de preparar cada año.

Lo que no cambia

Las dos normas comparten la misma lógica de base: contabilidad por devengado, estados financieros con propósito general, el mismo conjunto de estados (situación financiera, resultados, cambios en el patrimonio, flujos de efectivo y notas) y la idea de que la sustancia de una operación pesa más que su forma. Un contador formado en NIIF completas trabaja con la NIIF para PYMES sin problema; lo que cambia es la cantidad de juicios complejos y de revelaciones que debe preparar.

05 · Novedades

La tercera edición, de 2025.

La presentación oficial de la Fundación IFRS resume los cambios principales de la tercera edición:

  • Sección 2, conceptos y principios generales, alineada con el Marco Conceptual.
  • Sección 9, estados financieros consolidados y separados.
  • Sección 11, instrumentos financieros (antes "instrumentos financieros básicos").
  • Sección 12, medición del valor razonable, que es nueva.
  • Sección 19, combinaciones de negocios y plusvalía.
  • Sección 23, ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes, con un modelo más cercano a la NIIF 15.

Rige para los períodos anuales que comienzan a partir del 1 de enero de 2027, con aplicación anticipada permitida y, en general, de forma retroactiva, con algunos alivios. Si tu año fiscal coincide con el calendario, tus estados de 2027 serían los primeros con la nueva edición, y los de 2026 serían la cifra comparativa. Confirma con tu CPA cómo y cuándo la adopta formalmente la Junta Técnica de Contabilidad.

06 · Práctica

Qué significa para tu pyme.

  • Tu catálogo de cuentas debe permitir los estados que pide la norma: situación financiera, resultados, cambios en el patrimonio y flujos de efectivo. Mira un ejemplo en el catálogo de cuentas para Panamá.
  • Registra por devengado: la venta se reconoce cuando se gana, no cuando se cobra, y el gasto cuando se incurre.
  • Documenta tus políticas contables: vida útil de los activos, método de inventario, estimación de incobrables. Son la primera nota de tus estados.
  • Revisa tus contratos con clientes antes de 2027, por los cambios de la sección 23.

Para ver cómo encaja la norma con el resto de obligaciones (libros, cierre mensual, impuestos), lee la guía de contabilidad para pymes en Panamá. En CIFRAS, el catálogo de cuentas, los reportes y los formatos de libros parten de la NIIF para PYMES.

Fuentes

Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador o abogado.

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